miércoles, 24 de octubre de 2012

Advierten que las jubilaciones deben aumentar un 3% adicional


Es porque se conocieron datos que modifican el cálculo de la movilidad. El haber mínimo debería pasar a $ 1.935


Reajuste. Hay 7 millones jubilados y pensionados que deberían beneficiarse con el incremento extra de haberes.




Las jubilaciones y pensiones, y también las pensiones no contributivas, deben ser aumentadas un 3% adicional , en forma retroactiva al pasado mes de septiembre.
El incremento que ya se otorgó en ese mes, en base a la fórmula que establece la ley de movilidad, fue del 11,42% . Pero ahora que se conocen las cifras definitivas sobre la evolución de los salarios, surge que el reajuste debería ser del 14,4% . Por eso,ahora deberá pagarse esa diferencia.

Según los datos oficiales, la medida de pago retroactivo beneficiaría a unas 7 millones de personas. Y de esta forma, el actual haber mínimo debería pasar de $ 1.879 a $ 1.935 mensuales .

Así lo aseguraron a Clarín los especialistas en jubilaciones. Es porque recién ahora se conoció que en el primer semestre de 2012 los salarios sujetos a aportes –el llamado RIPTE, que es la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables, que elabora la Secretaría de Seguridad Social- aumentaron de $ 5.280,28 en diciembre de 2011 a $ 6.193,16 en junio de 2012.

Eso representa un aumento de 17,28% por encima del 11,29% que había informado el INDEC para los salarios privados, públicos y en negro, en el mismo período.

Esta diferencia salarial es importante dado que, por la fórmula de movilidad , los aumentos jubilatorios se determinan dos veces por año: se calculan tomando la mitad del incremento de la recaudación de impuestos con destino a la ANSeS por beneficiario y la mitad de la variación de los salarios semestrales, según el INDEC o el RIPTE. De ambos índices debe tomarse el mayor , con la intención de que sea más beneficioso para los jubilados. Ese resultado se compara con la recaudación total anual de la ANSeS por aportes, contribuciones e impuestos, incrementada en un 3%. Y de ambos se aplica el menor.
Según el experto Guillermo Jáuregui, el aumento jubilatorio del 11,42% se calculó sobre la base de la variación de los sueldos que informó el INDEC porque, en ese momento, aún no se conocía la variación del RIPTE. Entonces, computando la recaudación impositiva con destino a la ANSeS y la suba del índice salarial del INDEC, según Jáuregui, el aumento del 11,42% estuvo bien calculado. Además, se cumplió con el segundo requisito de la fórmula porque si al aumento de marzo del 17,62%, se suma la suba acumulada de los haberes da un 31,05%, inferior al incremento de la recaudación total anual de la ANSeS que fue del 38%.

Ahora las cosas cambian con el dato del RIPTE. La fórmula de movilidad precisa que de ambos índices salariales debe aplicarse el mayor. Así en lugar del 11,29% del INDEC, la formula debería haberse calculado con el 17,28%: son 6 puntos más que, como se computa por mitades, da un 3% adicional .
Entonces las jubilaciones y pensiones retroactivas a septiembre deberían incrementarse en 3 puntos, pasando del 11,42 al 14,4%. Si a este 14,4% se suma el 17,62% de marzo, el acumulado anual daría un 34,6%, cumpliendo con el segundo requisito de la fórmula porque es inferior al 38% del aumento de la recaudación total.

Los 3 puntos que están en discusión equivalen a más de $ 6.000 millones anuales . ANSeS paga jubilaciones, pensiones y pensiones no contributivas, alcanzadas por el índice de movilidad, por más de $ 200.000 millones anuales. Los especialistas confían en que el Gobierno reconocerá este nuevo cálculo con retroactividad a septiembre al disponer ahora de todos los números de la fórmula de movilidad votada por el Congreso.


Fuente: 22 OCT 2012 00:05h
Clarin - LA MARCHA DE LA ECONOMÍA


Comentario de De Jubilaciones:

En definitiva, y según datos del INDEC y RIPTE, el aumento que deberían haber sufrido las jubilaciones y pensiones a partir de septiembre último debía ser de un 3%. Esto a fin de garantir la movilidad de las jubilaciones. De esta manera se cumpliría con la ley de movilidad que impone dos aumentos anuales (marzo y septiembre) garantizando el status económico entre un trabajador en actividad y un jubilado, ya que el aumento del 3% expresado se calcula en base a los promedios de la evolución de las remuneraciones de los trabajadores actividades.

Le damos las gracias por su lectura y esperamos ser su futura elección.

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